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Las empresas productoras y comercializadoras de motos nacionales e importadas en el país deberán solicitar desde ahora la Licencia de Configuración Ambiental (LCA), tal como ya ocurre en el sector automotriz, y en tres años no podrán comercializar más modelos que no cumplan, como mínimo, con la normativa Euro 2 de emisiones.

Así lo dispuso el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a través de la Resolución 14/2023. De esta forma, desde ahora las empresas que quieran lanzar al mercado local un nuevo modelo de moto, sea nacional o importado, deberán tramitar la Licencia de Configuración Ambiental (LCA).

Además de completar un formulario y realizar el pago correspondiente, las empresas deberán adjuntar a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) los datos de ensayos de emisiones electromagnéticas (radiaciones parásitas), sonoras, de gases, de dióxido de carbono y de consumo de combustible. Estos ensayos deben cumplir con los protocolos vigentes, y ser realizados ya sea en laboratorios propios o de terceros que posean certificados de acreditación ISO 17.025.

Una vez entregada –tras un plazo de entre 30 y 45 días- la licencia será valida mientras se mantengan fielmente las especificaciones de cada modelo.

Además del beneficio ambiental, la nueva normativa –señala la resolución- resulta beneficiosa para los sectores importadores, comercializadores y fabricadores de motos, ya que la adecuación a la normativa de límites de emisiones «implicaría alinearse a parámetros internacionales, dando competitividad internacional al sector».

Las certificaciones de emisiones deberán cumplir con las normativas europeas que regulan los límites aceptables para las emisiones de gases de combustión interna. Las mismas (Euro 1, Euro 2, y sucesivas, siendo las normas de etiquetado Euro 6 las más recientes) establecen límites cada vez más restrictivos a las emisiones, y los vehículos que no los cumplan tienen prohibida su venta.

Progresivamente, los límites de emisiones serán endurecidos: los modelos Euro 2 podrán comercializarse hasta los próximos 54 meses (mediados de 2027) y los Euro 3 hasta los próximos 84 meses (enero de 2030), momento en el cual la normativa Euro 4 será el requisito mínimo. Por su parte, las motos eléctricas que se comercialicen desde julio de 2024 deberán cumplir con nuevos límites de compatibilidad electromagnética.