La Confederación Argentina de Trabajadores Cooperativos Asociados (Conarcoop), junto con la Federación Argentina de Carreros, Cartoneros y Recicladores (FACCyR) y otras agrupaciones, acompañaron este jueves a la presentación del proyecto de “Ley de Presupuestos Mínimos de Gestión Ambiental de Envases y Promoción del Reciclaje Inclusivo”, que desde el Gobierno nacional llevaron adelante en el Salón de los Pasos Perdidos del Congreso. Las organizaciones sociales además participaron de la elaboración de esta iniciativa.
En la presentación, se hizo presente el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, Juan Cabandié, que ya dio su respaldo a este proyecto y la cartera que dirige será la Autoridad de Aplicación. También fue de la partida el jefe del bloque del Frente de Todos en la Cámara de Diputados, Máximo Kirchner. Además de cámaras empresarias y distintas organizaciones sociales.
El objetivo será legislar, en todo el país, el destino de los recipientes post consumo, a fin de prevenir y reducir su impacto sobre el ambiente y la salud de las personas. En ese sentido, el presidente de Conarcoop, Ramiro Martínez, destacó que la propuesta vaya a debatirse luego de que recientemente se haya aprobado la Ley de Etiquetado Frontal, a la cual consideró “otro gran avance en la regulación del Estado a las grandes compañías”
En lo que hace al proyecto para regular a los generadores de envases, se establece la responsabilidad del productor de estos recipientes y prioritariamente integra a los trabajadores recicladores en la cadena de gestión, posibilitando la creación de puestos laborales. También caracteriza como “servicios públicos esenciales” a todos los sistemas de gestión de envases.
La iniciativa especifica que están comprendidos, dentro de las disposiciones, todos los recipientes introducidos por primera vez en el mercado nacional, sean fabricados en Argentina o sean importados, y también aquellos post consumo, sean de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario o institucional, con excepción de los que, por “sus particulares características”, se encuentren regulados por legislaciones específicas, y los destinados a la exportación, salvo que retornaren al país.
En tanto, dispone de la creación del “Sistema Nacional de Gestión de Envases (SINAGE)”, en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, que tendrá el rol de la implementación de la norma, y la articulación y coordinación de los Sistemas de Gestión Local (SGL), para la reintroducción de los materiales reciclables en el esquema productivo.
Asimismo, las Autoridades Competentes, sean municipios, consorcios regionales u otras entidades que las reemplacen, deberán constituir los SGL, que contemplen los siguientes contenidos mínimos: “Plan de gestión de los envases post consumo”, “Objetivos y metas de recuperación”, y un “Plan de integración social de los trabajadores recicladores”.
Por otro lado, se creará un Registro de Envases o Embalajes, donde se anotará, con carácter de declaración jurada e inscripción obligatoria, el tipo de envase, material, empleo, retorno y toda otra información necesaria que considere el Ministerio para evaluar el impacto sobre el ambiente.
También se establece una “tasa ambiental” sobre los productos alcanzados por la norma, y se designa a la AFIP como órgano recaudador. Así, los fabricantes, responsables de la puesta en el mercado, deberán abonar este canon por cada recipiente. A su vez, la reglamentación determina pautas que deberán atender los productores para dar cumplimiento con las obligaciones.
En tanto, el valor de la tasa deberá ser expresado en pesos, por kilo de material en los envases, y no podrá ser superior al 3% del precio de venta del producto. Mientras que el Ministerio determinará el valor conforme a los criterios técnicos necesarios para garantizar la correcta administración.
Asimismo, se creará un fideicomiso de administración, que será el “Fondo para la Gestión de Envases y Reciclado Inclusivo (FGE)”, con el objeto de financiar las actividades que sean necesarias.
Por último, se disponen diferentes sanciones por el incumplimiento de la norma, que pueden ir desde multas de entre 1 y 200 sueldos mínimos de la categoría básica, hasta suspensiones temporales o el cese definitivo de la actividad.
Estas penas se aplicarán previa instrucción sumaria, que asegure el derecho a defensa, y se graduarán de acuerdo con “la naturaleza de la infracción y el daño ocasionado”.